El TSJA acuerda devolver la causa de los ERE de forma inmediata al Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla.
26/06/2015
La Sala recuerda que la condición de aforado desaparece al perderse la condición parlamentaria, por lo que ya no tiene competencia sobre los mismos
El TSJ de Andalucía ha desestimado los recursos interpuestos por tres de los cuatro aforados en la causa de los ERE y ha ordenado su devolución inmediata al Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla. La Sala de lo Civil y Penal ha desestimado el archivo y sobreseimiento de la causa, tal y como pedían los aforados y tampoco se accede a la pretensión de no devolver la causa al Juzgado de Instrucción.
En este sentido, la Sala recuerda que la condición de aforado desaparece al perderse la condición parlamentaria, por lo que ya no tiene competencia sobre los mismos. Y por otra, asume los criterios del magistrado instructor de las diligencias previas y señala que para alcanzar el sobreseimiento se requiere alcanzar un grado de convicción suficiente que no se ha dado en este caso.
Nota de Prensa Poder Judicial
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