Condenado a siete años de inhabilitación por prevaricación el exdirector general de la empresa pública asturiana GITPA.
07/03/2018
El Penal número 2 de Oviedo considera probado el fraccionamiento de contratos con un despacho de abogados para la asesoría legal relacionada con la implantación de la televisión digital terrestre en el Principado
El Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo ha condenado al exdirector de la empresa pública GITPA como autor responsable de un delito de prevaricación, a la pena de 7 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, con privación de cualquier empleo o cargo de Dirección y análogos, así como otros de libre designación, en todo el territorio nacional, y de los honores derivados del mismo, y su imposibilidad de ostentar tales cargos o empleos durante el tiempo de la condena.
La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Asturias, considera probado el fraccionamiento de contratos con un destacado despacho de abogados de Oviedo para el asesoramiento legal en la implantación de la televisión digital terrestre en el Principado "incumpliendo de ese modo en la contratación de la asesoría externa los principios de publicidad, libre concurrencia, no discriminación y transparencia, de forma deliberada".
Asimismo la sentencia destaca que si bien el importe de la contratación sobre asesoramiento jurídico correspondiente al año 2009 no excedía de 18.000 euros, límite cuantitativo entre contrato menor y otro tipo de contratos con exigencia de concurrencia, "la suma de los diversos contratos suscritos, todos ellos para asesoramiento legal, excedía con mucho dicho importe, siendo especialmente significativo que fueron suscritos dos contratos en relación con el proceso de adjudicación del contrato para la extensión de la cobertura de la TDT, a pesar de que su objeto era el mismo, variando únicamente en uno y otro el emplazamiento" y siendo en ambos casos exacto el importe de la factura.
Por todo ello para la magistrada "es clara la arbitrariedad de la decisión, nacida del capricho de la autoridad y soslayando la aplicación de la ley para evitar dar publicidad al proceso de adjudicación del contrato de asesoramiento jurídico".
Nota de Prensa Poder Judicial
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