El TSJ de Asturias sobresee la causa abierta para un diputado regional de Podemos.
06/09/2018
Las diligencias se incoaron en mayo de 2017 en un juzgado de Pola de Lena tras un incidente con un autobús del colectivo "Hazte Oír".
El magistrado instructor de la Sala Civil y Penal del TSJ del Principado de Asturias, Ángel Azárez Rubio, ha acordado en un auto el sobreseimiento provisional y único para el aforado Daniel Marí Ripa, diputado regional del Grupo parlamentario regional Podemos Asturias. El auto determina asimismo que se remitan de nuevo todas la diligencias al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Pola de Lena, para seguir, hasta su finalización, la tramitación de las mismas.
Las diligencias previas se abrieron en Pola de Lena a raiz de una denuncia del colectivo "Hazte Oír" presentada en mayo de 2017 en una comisaría de Madrid, tras un incidente con un autobús de dicho colectivo estacionado junto a una gasolinera en el km 58,5 de la carretera nacional A-66 de Villallana a Pola de Lena.
El auto del magistrado instructor explica que después de investigar los hechos, no se puede continuar la instrucción en el TSJA "si está convencido que, de la investigación efectuada, se han desvanecido o desaparecido los indicios que determinaron la asunción de competencia en su día" contra la persona aforada. Para ello razona, entre otras cosas, que la declaración del diputado sobre su participación en los hechos, resultó "creible" y las pruebas documentales y testificales son acordes con lo manifestado por él, por lo que "no se aprecia la comisión de delito alguno" y se considera que el diputado "se limitó a expresar su opinión (libertad de expresión) en voz alta respecto al mensaje no compartido de Hazte Oir y sin lanzar objetos contra el autobús" que fue el objeto de apertura de dichas diligencias.
El auto, que no es firme, puede recurrirse en apelación ante la Sala Civil y Penal del TSJA en el plazo de cinco días hábiles.
Nota de Prensa Poder Judicial
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