La juez deniega la personación de la Generalitat en la causa penal de la Dana al entender que no procede en este momento procesal.
10/04/2025
Cita jurisprudencia de la Audiencia de Valencia que establece que el responsable civil subsidiario se incorpora en el proceso cuando se dirige la pretensión civil contra el mismo o se dicta una resolución para asegurar sus responsabilidades
La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, que investiga la gestión de la Dana del pasado 29 de octubre, ha denegado la personación de la Generalitat Valenciana en la causa como responsable civil subsidiaria al entender que no procede en este momento procesal.
En un auto dictado y notificado este miércoles a las partes, la magistrada cita jurisprudencia de la Audiencia Provincial de Valencia según la cual el responsable civil subsidiario “se incorpora el proceso desde que la pretensión civil se dirige contra él, dándosele traslado del escrito de calificación o acusación, o bien antes de dicho trámite, cuando se dicta resolución judicial para el aseguramiento de sus responsabilidades”.
La resolución judicial, que responde a la solicitud presentada por la Abogacía de la Generalitat de fecha 7 de abril, no es firme y puede ser recurrido en reforma en el plazo de tres días o de apelación en el pazo de cinco días.
Nota de Prensa Poder Judicial
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